Mediante el Decreto 97/2020 se crea el Programa ”Precios Santafesinos” siendo el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología el responsable de su instrumentación. El objetivo fundamental del programa es acercar productos de calidad a un precio menor, compuesto por una lista de 90 productos santafesinos, con precios de referencia en las góndolas de los comercios
Mediante el Decreto 97/2020 se crea el Programa ”Precios Santafesinos” siendo el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología el responsable de su instrumentación.
El objetivo fundamental del programa es acercar productos de calidad a un precio menor, compuesto por una lista de 90 productos santafesinos, con precios de referencia en las góndolas de los comercios del territorio provincial.
ADEESSA colabora con la difusión e implementación del mismo en las localidades del sur Santafesino, en este marco adjuntamos al presente información detallada del programa e invitamos a los comercios interesados en adherirse al programa a completar el formulario web que figura al final de este mensaje, para la incorporación en el sitio de Internet Oficial del programa y la elaboración del convenio específico por la Secretaría de Comercio y Servicios del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Santa Fe
Cada supermercado, minimercado, autoservicio, almacén o quiosco que adhiera al Programa “Precios Santafesinos”, deberá tener en cuenta los siguientes puntos que hacen al convenio que se celebra individualmente con la Secretaría de Comercio Interior y Servicios:
Disponer de los productos y genéricos al precio acordado durante el plazo de 2 meses, duración de cada etapa del programa con los artículos incluidos
Disponer la cartelería cenefa correspondiente a elección de las incluidas en el Manual de Señalética aprobado por la Secretaría de Comercio Interior y Servicios.
Disponer el cartel de “Comercio Adherido” al ingreso a la superficie comercial.
Informar cualquier tipo de “evento” ó “alerta” que signifique un inconveniente en el normal desarrollo del programa.
El comercio debe disponer artículos en los 8 rubros incluidos en el programa:
o Almacén: víveres secos de primera necesidad. Incluyendo panificados
o Bebidas: sin alcohol.
o Frescos: varios.
o Lácteos: varios.
o Sin TACC: para elaborar y consumo directo.
o Verdulería: frutas, hortalizas, verduras.
o Carnes: roja, pollo, cerdo y pescado
o Limpieza-Tocador: limpieza del hogar como personal. Incluye gestión menstrual.
Ningún artículo se repite, por lo tanto son 90 artículos (primera etapa 2020) distintos.
Se considera apto para adherir al programa al comercio que incluya individualmente el 60% de los artículos de los rubros que comercializa en su superficie.
En caso de no poder cumplimentar con este requisito, y el comercio insiste en su adhesión, la Secretaría está facultada a considerar excepciones en el convenio específico firmado.
Para inscribirse al programa completar el siguiente formulario:
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