Edición N° 274 - 5

Programa Precios Santafesinos: Adhesión de Comercios del Sur Santafesino.

Programa Precios Santafesinos: Adhesión de Comercios del Sur Santafesino.

Mediante el Decreto 97/2020 se crea el Programa ”Precios Santafesinos” siendo el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología el responsable de su instrumentación. El objetivo fundamental del programa es acercar productos de calidad a un precio menor, compuesto por una lista de 90 productos santafesinos, con precios de referencia en las góndolas de los comercios

Mediante el Decreto 97/2020 se crea el Programa ”Precios Santafesinos” siendo el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología el responsable de su instrumentación.

El objetivo fundamental del programa es acercar productos de calidad a un precio menor, compuesto por una lista de 90 productos santafesinos, con precios de referencia en las góndolas de los comercios del territorio provincial.

ADEESSA colabora con la difusión e implementación del mismo en las localidades del sur Santafesino, en este marco adjuntamos al presente información detallada del programa e invitamos a los comercios interesados en adherirse al programa a completar el formulario web que figura al final de este mensaje, para la incorporación en el sitio de Internet Oficial del programa y la elaboración del convenio específico por la Secretaría de Comercio y Servicios del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Santa Fe

Cada supermercado, minimercado, autoservicio, almacén o quiosco que adhiera al Programa “Precios Santafesinos”, deberá tener en cuenta los siguientes puntos que hacen al convenio que se celebra individualmente con la Secretaría de Comercio Interior y Servicios:

  • Disponer de los productos y genéricos al precio acordado durante el plazo de 2 meses, duración de cada etapa del programa con los artículos incluidos

  • Disponer la cartelería cenefa correspondiente a elección de las incluidas en el Manual de Señalética aprobado por la Secretaría de Comercio Interior y Servicios.

  • Disponer el cartel de “Comercio Adherido” al ingreso a la superficie comercial.

  • Informar cualquier tipo de “evento” ó “alerta” que signifique un inconveniente en el normal desarrollo del programa.

  • El comercio debe disponer artículos en los 8 rubros incluidos en el programa:

  • o   Almacén: víveres secos de primera necesidad. Incluyendo panificados

  • o   Bebidas: sin alcohol.

  • o   Frescos: varios.

  • o   Lácteos: varios.

  • o   Sin TACC: para elaborar y consumo directo.

  • o   Verdulería: frutas, hortalizas, verduras.

  • o   Carnes: roja, pollo, cerdo y pescado

  • o   Limpieza-Tocador: limpieza del hogar como personal. Incluye gestión menstrual.

  • Ningún artículo se repite, por lo tanto son 90 artículos (primera etapa 2020) distintos.

  • Se considera apto para adherir al programa al comercio que incluya individualmente el 60% de los artículos de los rubros que comercializa en su superficie.

  • En caso de no poder cumplimentar con este requisito, y el comercio insiste en su adhesión, la Secretaría está facultada a considerar excepciones en el convenio específico firmado.

Para inscribirse al programa completar el siguiente formulario:

https://forms.gle/tEW84wpE4Tk7KALx5

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