Mediante el Decreto 97/2020 se crea el Programa ”Precios Santafesinos” siendo el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología el responsable de su instrumentación. El objetivo fundamental del programa es acercar productos de calidad a un precio menor, compuesto por una lista de 90 productos santafesinos, con precios de referencia en las góndolas de los comercios
Mediante el Decreto 97/2020 se crea el Programa ”Precios Santafesinos” siendo el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología el responsable de su instrumentación.
El objetivo fundamental del programa es acercar productos de calidad a un precio menor, compuesto por una lista de 90 productos santafesinos, con precios de referencia en las góndolas de los comercios del territorio provincial.
ADEESSA colabora con la difusión e implementación del mismo en las localidades del sur Santafesino, en este marco adjuntamos al presente información detallada del programa e invitamos a los comercios interesados en adherirse al programa a completar el formulario web que figura al final de este mensaje, para la incorporación en el sitio de Internet Oficial del programa y la elaboración del convenio específico por la Secretaría de Comercio y Servicios del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Santa Fe
Cada supermercado, minimercado, autoservicio, almacén o quiosco que adhiera al Programa “Precios Santafesinos”, deberá tener en cuenta los siguientes puntos que hacen al convenio que se celebra individualmente con la Secretaría de Comercio Interior y Servicios:
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Disponer de los productos y genéricos al precio acordado durante el plazo de 2 meses, duración de cada etapa del programa con los artículos incluidos
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Disponer la cartelería cenefa correspondiente a elección de las incluidas en el Manual de Señalética aprobado por la Secretaría de Comercio Interior y Servicios.
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Disponer el cartel de “Comercio Adherido” al ingreso a la superficie comercial.
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Informar cualquier tipo de “evento” ó “alerta” que signifique un inconveniente en el normal desarrollo del programa.
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El comercio debe disponer artículos en los 8 rubros incluidos en el programa:
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o Almacén: víveres secos de primera necesidad. Incluyendo panificados
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o Bebidas: sin alcohol.
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o Frescos: varios.
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o Lácteos: varios.
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o Sin TACC: para elaborar y consumo directo.
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o Verdulería: frutas, hortalizas, verduras.
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o Carnes: roja, pollo, cerdo y pescado
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o Limpieza-Tocador: limpieza del hogar como personal. Incluye gestión menstrual.
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Ningún artículo se repite, por lo tanto son 90 artículos (primera etapa 2020) distintos.
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Se considera apto para adherir al programa al comercio que incluya individualmente el 60% de los artículos de los rubros que comercializa en su superficie.
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En caso de no poder cumplimentar con este requisito, y el comercio insiste en su adhesión, la Secretaría está facultada a considerar excepciones en el convenio específico firmado.
Para inscribirse al programa completar el siguiente formulario:
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