El Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Emergencia Sanitaria, dictó el Decreto N° 485/2020 disponiendo un Régimen de Facilidades de Pago para Patente Única sobre Vehículos devengadas hasta el 30 de Noviembre de 2019, en cual fue reglamentado por la Resolución General N° 35/2020 de la Administración Provincial
El Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Emergencia Sanitaria, dictó el Decreto N° 485/2020 disponiendo un Régimen de Facilidades de Pago para Patente Única sobre Vehículos devengadas hasta el 30 de Noviembre de 2019, en cual fue reglamentado por la Resolución General N° 35/2020 de la Administración Provincial de Impuestos.
Vigencia: 01 de Julio hasta el 28 de Septiembre de 2020.
Beneficios y forma de pago:
Tasa de Interés: 2% (dos por ciento) mensual.
Forma de pago:
Contado: los intereses se reducirán en 40%.
Convenio de Pago:
- Hasta 12 cuotas con una reducción del 20% de los intereses y un interés de financiación del 1,5% mensual.
- Desde 13 hasta 24 cuotas con una reducción del 10% de los intereses y un interés de financiación del 2% mensual.
- Desde 25 hasta 36 cuotas con un interés del 2,5% mensual
- Cuota igual o superior a $300
- Vencimiento de las cuotas: el día 10 de cada mes o el primer día hábil siguiente si es feriado o no laborable.
Las multas por incumplimiento a los deberes formales y materiales tendrán una reducción del 60% excepto las cometidas por los Agentes de Retención y/o Percepción que será del 20% cuando hayan ingresado el impuesto retenido o percibido al momento del acogimiento de los beneficios del Régimen de Facilidades de Pago.
Para acceder a los beneficios del Régimen dispuesto por el Decreto 485/2020 los contribuyentes deberán ingresar en www.santafe.gov.ar/api BOX DE DESTACADOS: “Régimen de Facilidades de Pago – Decreto 485/2020” donde podrán consultar las normativas legales.
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